Puente Angostura, Ciudad Bolivar, Foto de Armando Caicedo

jueves, 23 de mayo de 2013

La nueva Ley Penal del ambiente (Conociendo los delitos en contra del ambiente)

TIPOS DE DELITOS PENALES AMBIENTALES
DE LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE
Capítulo I
Delitos contra la administración ambiental
Art. 33            Autorización de actividades tipificadas como delitos
Art. 34            Obstrucción de justicia por funcionarios o funcionarias públicas
Art. 35            Presentación de información falsa
DE LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE
Capítulo II
Delitos contra la ordenación del territorio
Art. 36            Otorgamiento de actos autorizatorios para actividades no permitidas.
Art. 37            Ejecución de actividades no permitidas.
Art. 38            Contravención de planes de ordenación del territorio.
Art. 39            Contravención de planes de ordenación del territorio en zonas montañosas.
Art. 40            Ocupación ilícita de áreas naturales protegidas.
Art. 41            Modificación o destrucción de bienes protegidos.
Art. 42            Edificación en terrenos no edificables
DE LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE
Capítulo III
Omisiones en las evaluaciones ambientales y planes de manejo
Art. 43            Otorgamiento de permisos o autorizaciones sin estudios de impacto ambiental
Art. 44            Otorgamiento de actos administrativos sin plan de manejo sustentable
DE LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE
Capítulo IV
Delitos contra la diversidad biológica
Art. 45            Transacciones sobre derechos de propiedad reconocidos
Art. 46            Acceso a los recursos genéticos sin autorización
Art. 47            Transacción de material genético en violación a contratos de acceso
Art. 48            Otorgamiento de patentes sobre seres vivos
Art. 49            Reconocimiento sobre muestras adquiridas ilegalmente
Art. 50            Omisión del consentimiento informado y fundamentado previo
Art. 51            Introducción o liberación de material genético modificado
Art. 52            Daños irreversibles por investigación científica
Art. 53            Uso de jaulas flotantes, encierros o corrales
Art. 54            Uso de la biodiversidad como arma biológica
Art. 55            Daños por aplicación de la biotecnología

DE LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE
Capítulo V
Degradación, alteración, deterioro y demás acciones capaces de causar daños a las aguas
Art. 56            Cambio, obstrucción o sedimentación
Art. 57            Interrupción del servicio de agua
Art. 58            Uso ilícito de aguas
Art. 60            Surgimiento de peligro de inundación o desastre

DE LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE
Capítulo VI
Degradación, alteración, deterioro y demás acciones capaces de causar daños a los suelos, la topografía y el paisaje
Art. 61            Extracción de minerales no metálicos
Art. 62            Dificultad de acceso a playas
Art. 63            Degradación de suelos aptos para la producción de alimentos

DE LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE
Capítulo VII
Destrucción, alteración y demás acciones capaces de causar daño a la vegetación, la fauna o sus hábitats
Art. 64            Incendio de plantaciones o sabanas de cría
Art. 65            Incendio de vegetación natural
Art. 66            Entorpecimiento de labores de control de incendios
Art. 67            Negativa a informar
Art. 68            Propagación culposa de fuego
Art. 69            Destrucción de vegetación en las vertientes
Art. 70            Transacción ilícita de guías de circulación
Art. 71            Aprovechamiento de especies del patrimonio forestal
Art. 72            Uso ilegal de licencias de caza
Art. 73            Falsificación de documentos identificatorios
Art. 74            Falsificación de Moldes o matrices
Art. 75            Uso indebido de Instrumentos identificatorios
Art. 77            Pesca y caza ilícita
Art. 78            Pesca prohibida
Art. 79            Alteración de cadenas tróficas
Art. 80            Pesca y caza de poblaciones bajo manejo
Art. 81            Invasión de predios de manejo de fauna silvestre
Art. 82            Propagación de especies
DE LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE
Capítulo VIII
Delitos contra la calidad ambiental
Sección primera: envenenamiento, contaminación y demás acciones capaces de alterar la calidad de las aguas
Art. 83            Corrupción y envenenamiento de aguas de uso público
Art. 84            Vertido de materiales degradantes en cuerpos de agua
Art. 85            Daños a aguas subterráneas
Art. 87            Alteración térmica de cuerpos de agua
Art. 88            Descargas ilícitas al medio marino, fluvial, lacustre o costero
Art. 89            Vertido de hidrocarburos
Art. 90            Construcción de obras ilícitas
Art. 91            Infracciones a convenciones internacionales sobre contaminación por hidrocarburos
Art. 92            Sanción al propietario o explotador del buque
Art. 93            Contaminación accidental de aguas territoriales
Art. 94            Omisión de dar aviso

DE LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE
Capítulo VIII
Delitos contra la calidad ambiental
Sección segunda: envenenamiento, contaminación y demás acciones capaces de alterar la atmósfera
Art. 96            Emisión de gases capaces de deteriorar la atmósfera
Art. 98            Violación a normativa sobre la capa de ozono

DE LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE
Capítulo VIII
Delitos contra la calidad ambiental
Sección tercera: residuos y desechos sólidos
Art. 99            Disposición indebida de residuos o desechos sólidos no peligrosos
Art. 100         Disposición indebida de residuos o desechos sólidos peligrosos
Art. 101         Importación de desechos peligrosos
DE LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE
Capítulo VIII
Delitos contra la calidad ambiental
Sección cuarta: sustancias y materiales peligrosos
Art. 102         Manejo indebido de sustancias o materiales peligrosos
Art. 103         Generación de epidemia
Art. 104         Propagación de enfermedad en animales o plantas
Art. 105         Omisión de medidas

DE LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE
Capítulo VIII
Delitos contra la calidad ambiental
Sección quinta: materiales radiactivos
Art. 107         Emisión de radiaciones ionizantes, electromagnéticas o radiactivas
Art. 108         Liberación de energía nuclear
Art. 109         Perturbación de instalaciones nucleares.

DE LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE
Capítulo VIII
Delitos contra la calidad ambiental
Sección sexta: molestia sónica
Art. 110         Generación de ruidos
En todo caso, debe reiterarse que el derecho ambiental es preventivo, lo que se busca no es la imposición de sanciones ni el castigo, sino evitar la ocurrencia de daños por el bien jurídico de que se trata, por ello es necesario crear conciencia en la población y en las instituciones para garantizar el derecho fundamental a un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado, además de aunar esfuerzos y voluntades para revertir las situaciones de peligro o de deterioro, con lo cual las organizaciones sociales del Poder Popular juegan un papel preponderante en la protección de nuestros recursos naturales.

Fuente: www.minamb.gob.ve

Conociendo La Araña Camello (solpúgidos)

Araña camello (Solpúgido)

Los solífugos (Solifugae) o solpúgidos (Solpugides), también llamados arañas camello, son un orden de arácnidos carnívoros, relativamente grandes (adultos del tamaño de una mano humana), presentes en todos los países tropicales. Recuerdan a las arañas (orden Araneae), con las que no guardan una relación directa, y de las que se diferencian por sus enormes quelíceros en forma de pinza y su cuerpo segmentado. Se conocen unas 1.100 especies.

El tamaño total del adulto varía entre 1,5 y 7 cm, según las especies. La longevidad es limitada, un año, probablemente como consecuencia de una elevada tasa metabólica, necesaria para su comportamiento «frenético». El crecimiento se produce a través de nueve instares (etapas entre mudas).

Todo el cuerpo, también los apéndices, está cubierto de pelos (sedas) largos, rígidos y erectos, de función sensorial. Los más largos se insertan sobre los pedipalpos, y les sirven para tantear y «probar» el ambiente.

De acuerdo con el modelo más común en los arácnidos, el cuerpo está dividido en dos regiones, un prosoma (o cefalotórax), y un opistosoma (abdomen). En el prosoma se articulan los apéndices, entre los que destacan los grandes quelíceros; el opistosoma, a diferencias de las arañas, está segmentado y carece de hileras. Pero no debe olvidarse que a pesar de su aspecto similar al de las arañas esta criatura no es una araña, ya que no posee ciertas características de ellas como la capacidad de tejer tela de araña o colmillos venenosos.

Los solífugos habitan regiones áridas y desérticas. Algunos son nocturnos (son los que dan su nombre al grupo: «los que huyen del sol») y otros son activos durante las horas diurnas, desplazándose rápidamente de una sombra a otra. Ver a un solífugo corriendo hacia uno produce la impresión de una persecución o ataque, pero es sólo la búsqueda de la sombra la que motiva esa conducta.

Son carnívoros voraces, que persiguen a la presa hasta sujetarla con los extremos adhesivos de sus pedipalpos, para lanzar luego rápidos y eficaces mordiscos de sus quelíceros. De esta manera son capaces de atrapar y devorar incluso presas armadas y potencialmente peligrosas, como escorpiones o avispas. A medida que despedazan la presa, la rocían con jugos digestivos, lo que facilita la posterior succión de los restos en una forma fluida; coinciden en esto con las arañas y otros arácnidos depredadores.

Los solifugos tienen la particularidad de que cuando caen al agua entran en un estado como catatónico, en el que disminuyen su metabolismo y parecieran estar muertos, pero una vez fuera del medio liquido y pasado un rato se recuperan y reinician sus actividades normalmente. Posiblemente se trate de una adaptación de estos animales a los ambientes áridos en donde en alguna época del año podría haber chubascos e inundaciones aun en el desierto.

Leer más en:  es.wikipedia.org/wiki/Solifugae


Las arañas camello, también llamadas escorpiones de viento y solpúgidos gigantes de Egipto, miden apenas 15 centímetros de largo. Las fotografías que pretenden mostrar criaturas de un tamaño seis veces mayor se han tomado con una perspectiva engañosa: la araña se sitúa siempre en primer plano, donde la lente le hace parecer mucho mayor que su tamaño real. También es cierto que son veloces, pero únicamente en comparación con otros arácnidos. Se calcula que pueden alcanzar una velocidad máxima de 16 kilómetros por hora.

 Las arañas camello no son letales para el ser humano (aunque su picadura es dolorosa) pero son crueles depredadores que pueden llevar a la muerte a insectos, roedores, lagartos y pequeños pájaros. Estos duros habitantes del desierto cuentan con grandes y potentes mandíbulas, del tamaño de hasta un tercio de la longitud de su cuerpo. Las usan para reducir a sus víctimas y convertirlas en pulpa con un movimiento que las tritura o las corta como con una sierra. Aunque las arañas camello no son venenosas, utilizan sus jugos digestivos para licuar la carne de sus víctimas y así poder absorber mejor sus restos en el estómago.


La falsa leyenda de la araña camello comienza con una identificación falsa de su especie. Falsa, porque las arañas camello ni siquiera son arañas. Al igual que las arañas, pertenecen a la clase de los arácnidos, pero son en realidad solpúgidos

Leer más: www.nationalgeographic.es/animales/insectos/arana-camello

viernes, 17 de mayo de 2013

El Estado Bolivar maneja indicadores ambientales

Única en el país que maneja indicadores ambientales de gestión
Gobernación de Bolívar resalta logros de la agenda ambiental
En materia ambiental, uno de los primeros pasos de la Gobernación, consistió en la creación del Servicio Autónomo Regional de Gestión Botánica, Forestal y Ambiental, para garantizar la sostenibilidad del Jardín Botánico del Orinoco (JBO)
La gestión del gobernador Francisco Rangel también ha ejecutado políticas dirigidas a preservar los espacios naturales en el estado y de acuerdo a la agenda ambiental que se estableció, a través del Jardín Botánico del Orinoco, el Vivero Socialista del Orinoco y el Herbario de Guayana, se alcanzaron importantes logros.

La Gobernación del estado Bolívar es la única en el país que maneja indicadores ambientales, no sólo para que las acciones que se ejecuten sean las más adecuadas, sino para garantizar que se cumpla con las metas establecidas.

Rangel indicó que desde que la Revolución llegó a Bolívar han trabajado por alcanzar la verdadera independencia de los bolivarenses y para lograr esto es necesario dignificar al pueblo de manera integral, por ello en su gestión también se desarrollan políticas ambientales.

Jardín Botánico: pulmón de Bolívar
En materia ambiental, uno de los primeros pasos de la Gobernación, consistió en la creación del Servicio Autónomo Regional de Gestión Botánica, Forestal y Ambiental, para garantizar la sostenibilidad del Jardín Botánico del Orinoco (JBO).

El secretario de Turismo y Ambiente, Ricardo Aquino, indicó que en el área donde funciona el JBO, se han presentado varias afecciones ambientales, debido al aumento del caudal normal de las precipitaciones y la incidencia que estos cambios ambientales tienen en las corrientes de agua que colindan en esos espacios.

Por esta razón, Hidrobolívar ha efectuado adecuaciones en los sistemas y se está diseñando un proyecto de envergadura, que contempla una gran inversión y cuya ejecución se iniciará durante el próximo año.

A pesar de esto, el Jardín Botánico del Orinoco continúa activo y allí funcionan el Vivero Socialista del Orinoco, el Herbario de Guayana y el Banco de Germoplasma, conocido como el Banco de Semillas.

El JBO es el pulmón del estado Bolívar, ya que allí se producen plantas tanto para los diferentes programas de plantación, dirigidos por la Fundación Social Bolívar, como para comercialización.

Este año se cumplió la meta, pues se alcanzó una producción de 900 mil plantas y se colocaron en el mercado aproximadamente 700 mil especies. Además, en cuanto a la elaboración del abono orgánico, ya se obtuvo la certificación sanitaria correspondiente.

Este Jardín es también un centro que sirve para el intercambio de conocimientos e información, a través de programas escolares, universitarios o de otras instituciones, sumado al apoyo de investigaciones nacionales e internacionales, como estudios de Estados Unidos, Japón y España.

De igual forma, este espacio sirve como un centro de recreación y esparcimiento, preferido entre los bolivarenses y admirado por los visitantes, cooperando de esta manera, con la promoción del turismo en el estado.

Vivero social
Para fomentar la conservación y preservación, se abrió el Vivero Socialista del Orinoco, donde se producen plantas forestales, ornamentales, frutales y exóticas, sumando más de 40 mil según las metas de producción.

El compromiso social también se demuestra a través de la gestión ambiental y una los resultados positivos reflejan que en este vivero social se encuentran productos con un precio de hasta 50% menos respecto al mercado.

Actualmente, se están realizando los estudios y labores correspondientes para convertir el vivero ubicado en el Parque La Llovizna en uno de carácter social.

Herbario pionero
Este herbario que preserva más de 24 mil muestras botánicas es el primero en el país que trabaja en un Protocolo de Actuación para Herbarios Regionales, donde se establece cómo se debe ser el proceso; desde la recolección, hasta la clasificación y almacenamiento de las especies.

También se creó el Banco de Germoplasma del Banco de Guayana, en donde se han colectado alrededor de 250 semillas, incluyendo las de todas las especies que se encuentran en el JBO.

“Esto es para guardar la memoria genética no sólo del JBO, sino de la flora guayanesa”, informó Ricardo Aquino.

Fuente: www.e-bolivar.gov.ve/noticia.php?id=1918

Imagenes de animales realizadas con las manos sorprendentes (ideales para trabajar con los pequenos) Todas las imagenes son de boletin gremio publicitario




lunes, 13 de mayo de 2013

Recicla los Cd. conviertelos en flores



Ví un video de como convertir los Cd en flores y aquí les dejo mi resultado, en persona se ven muy bonitas.

domingo, 12 de mayo de 2013

Edición Especial de flores por el día de las madres (todas estas hermosura las saque de la Dama de las Flores)

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Foto: Una persona usualmente se convierte en aquello que el cree que es. Si yo sigo diciéndome a mi mismo que no puedo hacer algo, es posible que y todo termine siendo incapaz de hacerlo. Por el contrario si yo tengo la creencia que si puedo hacerlo, con seguridad yo adquiriré la capacidad de realizarlo aunque no lo haya tenido al principio.

Gandhi

Foto: Cuando todos los días resultan iguales es porque el hombre ha dejado de percibir las cosas buenas que surgen en su vida cada vez que el sol cruza el cielo.

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Para todas las madres del mundo, gracias por existir, felicidades.

Todas estas hermosas flores es solo una muestra del hermoso trabajo que hay en el Facebook de la Dama de las Flores, un excelente trabajo, felicitaciones

jueves, 9 de mayo de 2013

EL 84% DE LOS PECES EN EL MUNDO ESTÁN CONTAMINADOS CON ALTOS NIVELES DE MERCURIO



Comer-pescado-protege-el-corazón
Dos nuevos informes, uno de ellos elaborado por el Instituto de Investigación de la Biodiversidad y la Red Internacional de Eliminación de los COP (IPEN) demostró que el 84% de los peces del mundo contienen niveles peligrosos de mercurio*; el segundo informe fue elaborado por el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) y encontró que las emisiones de este metal están aumentando en todo el mundo, especialmente, en los países en desarrollo. La contaminación por mercurio a niveles considerables está presente en la actualidad en todos los ecosistemas marinos y de agua dulce alrededor del globo.
Los niveles de mercurio, encontrados en la mayoría de peces de nueve países –Estados Unidos/Alaska, Albania, Tailandia, República Checa, Rusia, Italia, Japón, Uruguay y Portugal-, según la Agencia de Protección Ambiental (EPA) de Estados Unidos determina que el consumo de pescado más de una vez al mes superaría los niveles seguros de consumo. De acuerdo con la dosis de referencia de la Agencia, solo debe consumirse un plato de pescado de 170 gramos (o seis onzas) al mes.
TABLA
[fuente: IPEN]
El metal llega a los peces por la contaminación derivada de actividades del ser humano, como plantas de cloro, lugares contaminados, la quema de carbón en las centrales termoeléctricas, la minería de oro y la industria química, entre otras. El PNUMA señala que en África, Asia y América del Sur, el aumento en los niveles de mercurio se debe al mayor uso del carbón para generar electricidad y a un aumento en la minería de oro a pequeña escala. Asia, según este informe del PNUMA, produce casi la mitad de las emisiones de mercurio de todo el mundo debido a la rápida industrialización que se está llevando a cabo en la región. La investigación a su vez encontró que 260 toneladas de mercurio acaban cada año en ríos y lagos, y una vez que es liberado puede viajar miles de kilómetros a través de las corrientes aéreas y marinas.
El análisis realizado en pescados a la venta para el consumo humano en los nueve países, determinó que en todos estos había una elevada proporción de pescados contaminados, según se menciona en el informe de IPEN. En Uruguay la muestra fue tomada de peces espada comprados en Montevideo y Punta del Este; esta especie se encuentra en el tope de la cadena alimentaria, por lo que acumula mercurio al comer otros peces con presencia de esta sustancia. “El resultado obtenido con el pez espada es una buena muestra del nivel de contaminación en el resto de pescados”, explicó María Isabel Carcamo, coordinador de RAPAR, una entidad asociada a IPEN.
Las concentraciones de mercurio en el pescado obtenido en sitios de Japón y Uruguay fueron tan altas que la IPEN recomienda no consumirlo. La Organización Mundial de la Salud y la Comisión Europea no recomiendan la venta comercial de pescado con más de 1.0 ppm de mercurio, esta dosis mínima se encontró altamente superada en las muestras de Japón y Uruguay.

El mercurio es una neurotoxina que daña severamente los riñones y muchos sistemas corporales, incluyendo los sistemas nervioso, cardiovascular, respiratorio, gastrointestinal, hematológico, inmunológico y reproductivo.

Toda la informacion la obtuve del blog: Cambia tu vida cambia tu planeta
Fuentes:
http://www.ipen.org/hgmonitoring/pdfs/ipen-bri-summary-es.pdf
http://medioambientales.com/el-84-de-los-peces-contaminados-por-mercurio/#comment-806
http://www.diarioinforme.com.ve/salud/analisis-demuestra-alta-concentracion-de-mercurio-en-personas-y-pescados

Ví esta idea para el día de las madres y me cautivo y es con el reciclaje del tubo de papel higíenico

Feliz Día de la Madre - Happy Mother's Day



Flores hechas con el tubo de cartón del papel higiénico.

Conociendo un poco de la Ley Forestal de Suelos y de Aguas en Venezuela (resaltando el artc. 7)


LEY FORESTAL DE SUELOS Y DE AGUAS
TITULO I

Disposiciones Generales

CAPITULO UNICO
Artículo 1º
La presente Ley regirá la conservación, fomento y
aprovechamiento de los recursos naturales que en ella se determinan y los productos que de ellos se derivan.

Artículo 2º
Se declara de utilidad publica:
1.- La protección de las cuencas hidrográficas.
2.- Las corrientes y caídas de aguas que pudieran generar
fuerza hidráulica;
3.- Los Parques Nacionales, los monumentos naturales, las
zonas protectoras, las reservas de regiones vírgenes y las
reservas forestales.

Artículo 3º
Se declara de interés publico:
1.- El manejo racional de los recursos a que se refiere el
artículo 2º. de esta Ley;
2.- La conservación, fomento y utilización racional de los
bosques y de los suelos;
3.- La introducción y propagación de especies forestales no
nativas;
4.- La prevención, control y extinción de incendios
forestales;
5.- La repoblación forestal;
6.- La realización del inventario forestal nacional.

Artículo 4º
Las disposiciones de esta Ley se aplican a:
1.- Los bosques y sus productos;
2.- Las aguas publicas o privadas;
3.- Los suelos; y
4.- Las actividades relacionadas con los recursos
enumerados en los ordinales anteriores y que se rigen por la
presente Ley.

Artículo 5º
El Estado tiene la obligación de realizar y fomentar las
investigaciones científicas necesarias para el manejo racional de los bosques, suelos y aguas. A este efecto establecerá los centros de investigación que fueren necesarios.

Parágrafo Unico.-
En la realización de estas labores, el Ministerio de Agricultura y Cría coordinara su actividad con las similares que realicen otros organismos oficiales o instituciones privadas.

Artículo 6º
Toda persona natural o jurídica que, conforme a esta Ley y su Reglamento, solicite o pretenda la obtención de cualquier
autorización, permiso o concesión o el otorgamiento de un contrato, acreditara suficientemente el derecho que lo asista, y caso de no ser titular de la propiedad, presentara la autorización que el propietario le hubiere otorgado, salvo lo dispuesto en el artículo 191 de la Ley de Reforma Agraria.

Parágrafo Unico.-
Si introducida la solicitud surgiere oposición apoyada en justo titulo, se paralizara el procedimiento hasta tanto se establezca la procedencia o no de la oposición, en conformidad con el Reglamento de esta Ley.

Artículo 7º
La reforestación, la tala de vegetación alta o mediana, las rozas y quemas, desmontes y cualquier otra actividad que implique destrucción de la vegetación, así como también la explotación de productos forestales en terrenos ejidos o de propiedad privada, no podrán efectuarse sin previa autorización de los funcionarios del ramo, quienes la impartirán de conformidad con los requisitos que al efecto establezca el Reglamento. Esta autorización podrá ser negada o revocada cuando exista o surjan impedimentos técnicos o reglamentarios que lo determinen.

La revocatoria procederá también cuando hiciere oposición un tercero y compruebe que es propietario u ocupante de los terrenos objeto de la solicitud.

Parágrafo Unico.-
Las solicitudes para talas, rozas y quemas con fines agropecuarios, se formularán en papel común y sin estampillas.

Fuente: Leer más www.agropatria.com.ve/wp-content/uploads/.../ley_forestaldesuelos.pdf